La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) estableció que las Empresas Distribuidoras de Electricidad (EDE) podrían incurrir en responsabilidad civil si realizan cobros excesivos en sus facturas y que, conforme la Ley 125-01 General de Electricidad, estas son responsables de la devolución del monto cobrado en exceso.
El organismo judicial indicó que, según el artículo 469 de la ley, en los casos en que la factura sea superior, debido a causas imputables a la distribuidora, la misma deberá pagar al cliente o usuario titular una compensación equivalente a 10 veces el monto de los importes percibidos de más cuando incurra en cobros excesivos, sin perjuicio de las multas que la Superintendencia de Electricidad podrá fijar conforme a lo establecido en la presente ley.
“En los casos en los que el medidor de electricidad presente fallos inherentes a este y, por ende, se realicen cobros excesivos en la facturación del mes en curso, si en el mes siguiente se constatase que el aparato en cuestión continúa con fallas, la empresa distribuidora deberá pagar al cliente o usuario titular el monto de los importes percibidos de más cuando incurra en cobros excesivos”, aclara la decisión del tribunal.
La citada sala, mediante sentencia núm. SCJ-PS-22-1532, del 31 de mayo de 2022, rechazó el recurso de casación interpuesto por la Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte, S.A. (Edenorte Dominicana), contra la sentencia civil núm. 204-2017-SSEN-00247, de fecha 29 de septiembre de 2017, dictada por la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de La Vega, demanda que tiene su origen en una reclamación por reparación de daños y perjuicios ocasionados en el monto excedido en la facturación del servicio eléctrico.
Los jueces firmantes de esta decisión son Pilar Jiménez Ortiz (quien preside la primera Sala), Justiniano Montero Montero, Samuel A. Arias Arzeno, Vanessa E. Acosta Peralta y Napoleón Estévez Lavandier.
Alzas de tarifas por Pacto Eléctrico
Recientemente, las EDEs se vieron envueltas en las altas quejas de los usuarios del servicio eléctrico por los incrementos generados en la tarifa por mandato del Pacto Eléctrico, lo que generó que, la Presidencia dejará sin efecto este mandato sigiriendo al Consejo Económico y Social (CES) convocar a los actores del sector para revisar lo acordado y actualizarse de acuerdo a la situación que vive el país.
Luego, mediante la resolución SIE-068-2022-TF, la Superintendencia de Electricidad (SIE) anunció que modificará la Resolución No. SIE-061-2022-TF emitida el 30 de junio, en la cual se establecieron las tarifas de transición para el trimestre julio-septiembre de 2022, dejando las mismas sin efecto y manteniendo en vigencia las tarifas aplicadas en el trimestre abril-junio de 2022.
Cobros excesivos
La SCJ explica que las distribuidoras son responsables de devolver los montos cobrados en exceso a sus clientes en sus facturas por causas imputables a la empresa..
Compensación
El tribunal impone que, en estos casos, las EDEs deberán pagar una compensación equivalente a 10 veces el monto de los importes percibidos de más cuando incurra en cobros excesivos, sin perjuicio de las multas que imponga la SIE.
Fuente: Listin diario